| Es un tipo de contrato regulado por la ley, mediante el que un inversor aporta a capital a una empresa o negocio, participando en los resultados positivos o negativos de dicho negocio, perso sin convertir al inversos en socio de la empresa.
Cada año, cuando se liquiden las cuentas y se determine el resultado obtenido, se operará de la siguiente forma:
- El inversor tendrá derecho a que se le entregue la parte de beneficio que le corresponda.
- En caso de pérdidas, la parte que corresponda al inversor será asumida por éste, con cargo al partimonio aportado, de forma que el valor de liquidación al inversor se verá disminuido en la parte proporcional que le corresponda asumir de las pérdidas de la empresa.
La ley da un margen muy amplio para pactar más o menos obligaciones. Así pueden acordar la periodicidad con la que el inversor va recibir información, que la participación en las pérdidas sea inferior al porcentaje de participación en las ganancias, etc. |