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Índice: Expadir/Contraer todo
 
 
Guías / Plan General de Contabilidad - Cuadro de cuentas
 
419 Acreedores por operaciones en común.

Deudas con partícipes en las operaciones reguladas por los artículos 239 a 243 del Código de Comercio y en otras operaciones en común de análogas características. Figurará en el pasivo corriente del balance.

En los movimientos al debe, al pago de las deudas, con abono a cuentas del subgrupo 57.
Siendo la empresa partícipe gestor, por la pérdida que deba atribuirse a los partícipes no gestores mientras su saldo en la operación en común sea acreedor, con abono a la cuenta 7510.
Por el beneficio que corresponde a la empresa como partícipe no gestor, con abono a la cuenta 7511.

En los movimientos al haber se abonará:
*Por las aportaciones recibidas por la empresa como partícipe gestor, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57
* Siendo la empresa partícipe gestor, por el beneficio que deba atribuirse a los partícipes no gestores, con cargo a la cuenta 6510.
* Por la pérdida que corresponde a la empresa como partícipe no gestor, con cargo a la cuenta 6511.

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