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Índice: Expadir/Contraer todo
 
 
Guías / Plan General de Contabilidad - Cuadro de cuentas
 
4 ACREEDORES Y DEUDORES POR OPERACIONES COMERCIALES

Instrumentos financieros y cuentas que tengan su origen en el tráfico de la empre sa, así como las cuentas con las Administraciones Públicas, incluso las que correspondan a saldos con vencimien to su perior a un año. Para estas últimas y a efectos de su clasifica ción, se podrán utilizar los subgrupos 42 y 45 o proceder a dicha reclasificación en las propias cuen tas. En particular, se aplicarán las siguiente reglas:
a) Los activos financieros y los pasivos financieros incluidos en este grupo se clasificarán, con carácter general, a efectos de su valoración, en las categorías de "Préstamos y partidas a cobrar" y "Débitos y partidas a pagar", respectivamente.
b) Si los activos financieros y pasivos financieros se clasifican a efectos de su valoración en más de una categoría, se desarrollarán las cuentas de cuatro o más cifras que sean necesarias para diferenciar la categoría en la que se hayan incluido.
c) Una cuenta que recoja activos financieros o pasivos financieros clasificados en las categorías de "Activos financieros mantenidos para negociar" u "Otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias", así como en la de "Pasivos financieros mantenidos para negociar" u "Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias" respectivamente, se abonará o cargará, por las variaciones en su valor razonable, con cargo o abono, respectivamente, a las cuentas 663 y 763.
d) Una cuenta que recoja acreedores o deudores por operaciones comerciales que, de acuerdo con lo establecido en las normas de registro y valoración, formen parte de un grupo enajenable de elementos mantenidos para la venta, se cargará o abonará, respectivamente, en el momento en que se cumplan las condiciones para su clasificación, con abono o cargo a la respectiva cuenta del subgrupo 58.

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