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Índice: Expadir/Contraer todo
 
 
Guías / Plan General de Contabilidad - Cuadro de cuentas
 
293 Deterioro de valor de participaciones a largo plazo en partes vinculadas

Importe de las correcciones valorativas por deterioro del valor que corresponda a las participaciones a largo plazo en partes vinculadas.

En los movimientos al debe se cargará:
* Cuando desaparezcan las causas que determinaron el reconocimiento de la corrección valorativa por deterioro, con abono a la cuenta 796 o, en su caso, a cuentas del subgrupo 99.
* Cuando se enajene el inmovilizado financiero o se dé de baja del activo en el inventario por cualquier otro motivo, con abono a cuentas del subgrupo 24.

En los movimientos al haber se abonará por el importe del deterioro estimado, con cargo a la cuenta 696 o, en su caso, a las cuentas 891 u 892.

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