La sentencia resuelve los primeros recursos de los 570 presentados en los que reclamaban una indemnización del Estado por considerar que la actividad desarrollada por el Fórum y Afinsa escapó del ámbito de supervisión de las autoridades de control financiero del Gobierno.
Sin embargo, los jueces rechazan esta alegación al recordar que el artículo 51 de la Constitución «no otorga cobertura genérica a una supuesta responsabilidad patrimonial de carácter universal frente a los riesgos y daños de que puedan ser víctimas los ciudadanos».
LOS ACUSADOS / Los perjudicados acusaron al Ministerio de Sanidad, al de Economía, al Banco de España y la Agencia Tributaria, y al ministerio fiscal de inactividad «al no haber advertido la ilegalidad de la gestión» desarrollada por estas sociedades y por no haber «detectado antes su falta de solvencia económica». Y subrayaban que la presencia de autoridades y ministros en actos convocados por estas sociedades les hizo creer que el negocio era seguro.
Sin embargo, la Audiencia sostiene que la asistencia de autoridades a los actos de estas sociedades no garantizaban «el acierto o desacierto de la gestión realizada ni la eventual existencia de irregularidades administrativas ni mucho menos las presuntas actividades delictivas que pudieran imputarse a los responsables de la gestión» de ambas empresas.
Además, el tribunal señala que el hecho de que la Administración haya adoptado «medidas de apoyo» a los perjudicados «no puede llevarle a concluir» que deba reconocerse la responsabilidad patrimonial del Estado «derivada de la insolvencia económica a que se han visto abocadas ambas sociedades».
EL PROCESO / La Audiencia Nacional también recuerda que los gestores del Fórum y Afinsa se enfrentan a sendos procesos penales en esta sede judicial. Ambas sociedades fueron intervenidas en el 2006 y tenían un agujero patrimonial de 4.600 millones de euros.